sábado, 5 de julio de 2014

Gobierno pública Reglamento de Ley 169-14 para valoración de población

Ramón Santana
Santo Domingo.- El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Cesar Pina Toribio, por instrucciones del Presidente de la República, Danilo Medina, sometió desde este sábado a la consideración de los ciudadanos la propuesta de Reglamento de la Ley 169-14.
La Consultoría Jurídica, dijo que éste documento establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre naturalización.

Explicaron que el reglamento se realiza dando cumplimiento con lo establecido en Ley Nº. 169-14, su elaboración se ha hecho dentro del plazo de sesenta días estipulado en la misma.
En lo adelante quienes deseen formular comentarios, observaciones, sugerencias o recomendaciones, deberán hacerlo por escrito vía correo electrónico a iconsultoriajuridica@consultoria.gov.do  o directamente al Despacho del Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo en el Palacio Nacional en un plazo de 10 días laborables, es decir, hasta el viernes 18 de julio a las seis (6) de la tarde.
Informaron que el espíritu que ha animado la redacción de este reglamento es la implementación de las soluciones que se obtuvieron como fruto del consenso social dominicano.
“Con el propósito de garantizar la aplicación estricta, objetiva y eficaz de la ley, para que los beneficiarios puedan acogerse a ella, pero también los controles necesarios para evitar que quienes no cumplen con las condiciones estipuladas por ella, puedan abusar de la misma o reciban un beneficio que no les corresponde”.
Afirman que el reglamento deja claramente establecido el compromiso del gobierno de Danilo Medina de proveer recursos, humanos como materiales, y todos los procesos para que puedan llevarse a cabo con las debidas garantías.
De la misma forma, quedan definidas las acciones y responsabilidades que el Gobierno y las diferentes instituciones deben poner en marcha, de manera inmediata, para la implementación de la ley.

Especifican aspectos claves para la operatividad, como la distribución de las responsabilidades, las oficinas y personal que deberán ponerse a disposición de los interesados, la gratuidad del proceso y la documentación específica que será exigida en cada procedimiento.

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